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Recursos sobre el transfuguismo con 7 años esperando fallo

Recursos sobre el transfuguismo con 7 años esperando fallo

Hace más de 7 años que el Tribunal Constitucional dejó en Estado de fallo unos seis recursos que atacan los artículos contra el transfuguismo en la ley de Partidos Políticos y del Régimen Electoral 20/23.

Los recursos contra los artículos 49, numeral cuatro de la Ley de Partidos Políticos y el artículo 134 de la Ley 15-19, sobre Régimen Electoral, que prohíben el transfuguismo y la doble participación en procesos de elección de candidaturas para un mismo proceso electoral, empezaron en el marco de la guerra política en 2019, pero 7 años después el órgano no ha emitido la sentencia.

El Tribunal Constitucional está integrado por 13 magistrados y para una decisión se necesitan nueve de los 13 votos, conforme establece la Ley Orgánica.

La ley 15/19 fue modificada por la legislación 20/23 y el artículo referente al transfuguismo en la nueva legislación está contenido en el 140.

El artículo 140 de la Ley del Régimen Electoral, sobre el transfuguismo en las candidaturas establece: “Las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral”.

En tanto, el numeral 4 del artículo 49 de la Ley 33/18 establece: “Que el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral”. Los jueces del Tribunal Constitucional dejaron en estado de fallo los dos primeros recursos en diciembre de 2019, uno sustentados por Daniel Beltré y otro Leydy Corporán Echavarría.

El 2 de febrero de 2020, el Tribunal Constitucional dejó pendiente de sentencia cinco recursos contra los mismos artículos de las referidas legislaciones, sometidos por los ciudadanos Luis Manuel Frías Marte y Josefina Guerrero y Andrés Nicolás Contreras.

En esos casos, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) participó como interviniente voluntario y estuvo representado por los abogados constitucionalistas que re Eduardo Jorge Prats, Carlos Salcedo, Cristóbal Rodríguez, Julio Cury y Rubén Puntiel.

En ese momento, los especialistas sostuvieron ante los jueces, que los recursos contra el transfuguismo son improcedentes, mal fundados y carentes de base legal.

TSE anuló artículos de transfuguismo 2019

El 18 de noviembre de 2019, el Tribunal Superior Electoral (TSE), emitió un fallo en contra de los artículos sobre el transfuguismo en la Ley de Partidos y la del Régimen Electoral, al considerar que los requisitos para optar por un cargo de elección popular están establecidos en la Constitución. La decisión del TSE fue sobre un recurso que buscaba anular la candidatura de Leonel Fernández por el Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD).