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El TSE declina recurso contra reglamento de encuestas JCE

El TSE declina recurso contra reglamento de encuestas JCE

El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer un recurso contencioso en nulidad interpuesto por la entidad Justicia Sin Fronteras, Inc. contra el artículo décimo tercero del reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.

En consecuencia, remitió el expediente al Tribunal Constitucional para que decida sobre el fondo del caso.
La controversia se centra en la Resolución núm. 14-2026 de la JCE, que prohíbe difundir encuestas fuera de precampaña y campaña. La fundación Justicia Sin Fronteras sostiene que la medida excede la potestad reglamentaria de la JCE y vulnera principios como la libertad de expresión, el derecho a la información y el pluralismo democrático.

En la sentencia, el tribunal determinó que la pretensión de la organización demandante busca la nulidad de una disposición reglamentaria con efectos generales o erga omnes, lo que constituye una materia propia del control concentrado de constitucionalidad, competencia reservada exclusivamente al Tribunal Constitucional.

El TSE también rechazó pronunciarse sobre las medidas cautelares solicitadas para suspender la aplicación inmediata del artículo impugnado. Los jueces consideraron que dichas medidas habían perdido objeto al decidirse previamente el tema de la competencia.

La decisión no fue unánime, ya que la magistrada Rafaelina Peralta Arias emitió un extenso voto disidente en el que sostuvo que el Tribunal Superior Electoral sí tenía competencia para conocer el caso por tratarse de un acto administrativo de contenido electoral. A juicio de la magistrada, el TSE debió admitir el recurso, examinar el fondo de la controversia y anular el artículo décimo tercero y su párrafo I.