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Defensa denuncia persecución y dilación en caso de prisión preventiva en Azua

Defensa denuncia persecución y dilación en caso de prisión preventiva en Azua

Santo Domingo, R.D. — La firma Félix Portes & Asociados denuncia públicamente lo que califica como una persecución penal viciada contra el ciudadano Yanger Bello Bautista, quien permanece privado de libertad desde hace más de dos años en el proceso núm. 585-1-2024-EPEN-0006, que se conoce ante el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Azua.

Según la defensa, el Ministerio Público sostiene una acusación que ya ha sido desestimada en tres ocasiones anteriores, lo que, a juicio de los representantes legales, evidencia un ejercicio de la acción penal carente de sustento y reñido con su finalidad legítima. “No estamos ante una persecución de buena fe, sino ante el uso del poder punitivo del Estado para mantener a un hombre preso pese a que los señalamientos no se sostienen”, afirma la defensa.

El punto más grave, sostienen, ocurrió en la audiencia del 25 de mayo de 2026, convocada para conocer la solicitud de cese de prisión preventiva por vencimiento del plazo máximo (art. 148 CPP). En lugar de resolver, el tribunal —presidido por el magistrado Camilo Segura Peña— suspendió el conocimiento del cese y lo reprogramó para el 10 de junio de 2026, la misma fecha fijada para el juicio de fondo. “Fijar el cese para el día del fondo es vaciar de contenido la petición: equivale a negarla sin decirlo”, expresó el Dr. Félix Portes. “Un proceso no puede mantener a una persona privada de libertad por más de dos años y luego neutralizar su única vía de excarcelación. Eso no es administrar justicia.”

Ante esa actuación, la defensa interpuso formal recusación contra el magistrado Camilo Segura Peña, fundada en los numerales 7 y 10 del artículo 80 del Código Procesal Penal (modificado por la Ley 97-25) y en el principio de separación de funciones (art. 22 CPP), por entender que el tribunal abandonó su rol de tercero imparcial. El incidente fue remitido a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal.

La defensa advierte además que —por estas y otras conductas observadas en audiencias anteriores del mismo proceso, evalúa interponer una querella disciplinaria ante la autoridad competente, a fin de que se examine la actuación del magistrado conforme a las normas que rigen la función judicial.

“La libertad de una persona no puede quedar atrapada entre la inacción de un tribunal y el empeño de una acusación que no se sostiene”, concluyó Portes Núñez. La firma reitera su confianza en que la Corte de Apelación restablezca el debido proceso, el plazo razonable y la tutela judicial efectiva de su representado, y se reserva el ejercicio de las acciones constitucionales, disciplinarias y resarcitorias que correspondan.